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Establecen nuevas disposiciones para las transferencia bancarias tipo ACH

(Ciudad de Panamá-ANPanamá) La Superintendencia de bancos de Panamá, (SBP) estableció nuevos criterios para la aplicación de transferencias de tipo ACH para la banca, con el propósito de facilitar la disposición de los fondos por parte de los clientes.

La Junta Directiva de la (SBP), recientemente aprobó el Acuerdo Bancario N.° 6-2020, a través del cual se modifica el Acuerdo Bancario N.° 1-2016 sobre la compensación de ACH y disponibilidad de fondos, con el fin de establecer nuevos parámetros respecto a la compensación de las transacciones realizadas a través de ACH, los cuales le permiten a los clientes bancarios disponer de los fondos con mayor agilidad, en aquellas transacciones realizadas en el día.

A través del mencionado Acuerdo No. 1-2016, la Superintendencia consideró necesario y conveniente ajustar los periodos para la compensación, liquidación y liberación de los fondos de las transacciones ACH, de acuerdo con los nuevos procesos implementados por la Cámara de Compensación del Banco Nacional de Panamá (BNP), los cuales forman parte de los procesos vinculados con la implementación del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR).

Con los nuevos parámetros, el cliente contará con tres periodos de liquidación de sus transacciones ACH, que le permitirán disponer en menor tiempo de los fondos de dichas transacciones realizadas en el día. De manera que, los fondos de las transacciones del día deberán estar disponibles a más tardar las 11.00 a.m., 1:45 p.m. y 5:45 p.m. del mismo día, según el último horario de cortes que para cada periodo comunique el banco a sus clientes.

Estos nuevos periodos de disponibilidad de los fondos, aplicables a las transacciones ACH, se encuentran implementados desde el 22 de junio de 2020.