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Asamblea amplía la discusión del proyecto de ley sobre historial de crédito

(Ciudad de Panamá-ANPanamá) La Comisión de Comercio de la Asamblea Nacional ordenó la creación de una subcomisión para ampliar la discusión sobre el proyecto que ley que introduce reformas al historial de crédito de los consumidores.

La decisión fue adoptada con el objetivo de consensuar, llegar a entendimientos y fortalecer el proyecto de ley N° 424 que busca modernizar la Asociación Panameña de Crédito por medio de la actualización automática de información.

Esta subcomisión compuesta por Raúl Fernández, Luis Cruz y Génesis Arjona, atenderá las inquietudes de los diversos sectores de país como la ACODECO, APC, Cámara de Comercio, AFRA, Asociación Bancaria de Panamá, ASEP, Asociación Nacional de Instituciones Financieras, y el Colegio Nacional de Abogados.

“El que más escucha, más acierta, por lo que la creación de esta subcomisión cuenta con todo mi apoyo. Es muy positivo toda contribución, teniendo claro que el fin es ayudar a la población de manera holística. El diálogo es siempre la mejor ruta para el fortalecimiento y de estoy seguro que con el aporte de todos tendremos una gran ley en beneficio de todos" señaló el diputado Luis Cruz, proponente de la ley. 

Según estadísticas de la Asociación Panameña de Crédito, el 94% de la población panameña honra sus compromisos económicos, así que no se ve la necesidad de aumentar los intereses a estos panameños, y solo el 6% no lo hace. 

Giovanni Fletcher, Presidente del Instituto Panameño de la Asociación de Usuario y en representación de UNCUREPA, aseguró durante la reunión que, esta iniciativa es positiva y beneficia al consumidor, las normativas vigentes en la República deben ser actualizadas de manera adecuada de acuerdo al tiempo en que vivimos, el gran debate va dirigido a la intensión de aumentar los intereses y acortar los plazos de los créditos. 

El proyecto de ley N° 424 presentado por el diputado Luis Cruz, que modifica la ley 24 de 2002 que rige a la APC en términos generales incluye: 

1. Se baja el término de prescripción de las deudas de 7 a 3 años. 

2. Promueve que una vez cancelada la deuda se establezca de manera inmediata un historial de crédito sano, aun cuando se haya tenido inconsistencias en el periodo de pagos. 

3. Incluye también que si algún cliente se somete a algún arreglo de pago, deberá constar en el registro y no se tome como mala referencia, como está en la actualidad. 

Además, se adiciona al artículo 29 de la ley, que cuando el consumidor o cliente cancela la deuda al agente económico, este en coordinación con la agencia de información de datos deberá hacer las actualizaciones del historial de crédito durante los tres días siguientes al pago y de no efectuarse se considera una falta grave y el Ministerio de Comercio e Industrias aplicará las sanciones establecidas en la ley, que van desde una amonestación escrita o multas desde los US$1,000.00 a US$5,000.00 la primera vez y si las infracciones son muy graves, las mismas serán de US$5,000.00 a US$10,000.00.