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Panamá tiene su ley de Asociaciones Público Privadas

(Ciudad de Panamá-ANPanamá) El presidente de Panamá, Laurentino Cortizo, sancionó la primera ley de su gobierno y creó la figura de las Asociaciones Público-Privadas (APP), con la que, dijo, espera alentar la inversión nacional y atraer la inversión extranjera directa.

Hasta ahora Panamá era uno de los pocos países latinoamericanos que no tenía en vigor una ley de APP que, pese a negarlo el gobierno y los empresarios, es vista como una privatización simulada de funciones del Estado por sectores sindicales y de izquierda del país centroamericano.

En una corta ceremonia celebrada en la Presidencia panameña, Cortizo sancionó la ley junto con su ministro de Obras Públicas, Rafael Sabonge, y luego expresó que en sus 81 días de gobierno ha cumplido las promesas de presentar las leyes y reformas e incentivos, además de comenzar a pagar deudas atrasadas “de alrededor de 1.600 millones de dólares y hemos avanzado con alrededor de 350 millones de dólares” antes de cumplir los 100 días de gobierno.

Sobre la ley de APP señaló que “me siento optimista porque leyes como esta van a llevarnos a que nuestra economía comience nuevamente a florecer, que comencemos nuevamente a ver esas inversiones nacionales y a recibir las buenas inversiones de afuera y comiencen a generar empleo”.

Los contratos de APP durarán máximo 30 años prorrogables por diez años más, además que los bancos estatales: el Banco Nacional de Panamá, la Caja de Ahorros, el Banco de Desarrollo Agropecuario y el Banco Hipotecario Nacional no podrán financiar más del 25 % de los proyectos de inversión de esta naturaleza.
 
También se estableció que ningún contrato bajo esta nueva norma será inferior a los 15 millones de dólares, exceptuando de esta medida los que se desarrollen por iniciativa de los municipios.

Se limitó la participación de las personas y empresas señaladas en actos de corrupción y  las empresas que estén morosas en el pago de las multas por incumplimiento de contratos, también tendrán limitaciones por diez años para volver a participar en este modelo de contratación de obras, que no cede “el dominio” al concesionario de la obra.

Si hubiese que acudir a un arbitraje, el mismo se realizará en Panamá, bajo las leyes panameñas y en idioma español, estableció la nueva norma legal de 88 artículos.

Se excluyen de la aplicación de esta Ley el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, la Autoridad del Canal de Panamá, la Caja de Seguro Social. el Banco Nacional de Panamá. la Caja de Ahorros, el Banco de Desarrollo Agropecuario, el Banco Hipotecario Nacional, el Instituto de Seguro Agropecuario, la Superintendencia del Mercado de Valores y la Superintendencia de Bancos de Panamá, así como los servicios de seguridad pública. los servicios de salud médica, los servicios de educación oficial y las concesiones de extracción de minerales metálicos.

De acuerdo con la base de datos de Participación Privada en Infraestructura del Banco Mundial, entre 1990 y 2018, Panamá impulsó más de 20 proyectos bajo esta modalidad por 4.000 millones de dólares, pero la inexistencia de una ley puso en desventaja al país frente a sus vecinos de Latinoamérica.

La aplicación de la modalidad de APP será definida por un ente rector, que será dirigido por el ministro de la Presidencia e integrado además por sus colegas de Economía y Finanzas, Obras Públicas, Comercio e Industrias, Relaciones Exteriores y el Contralor General de la República, quien solo actuará con derecho a voz.