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Panamá es aceptada como miembro pleno del Tokio MOU

(Ciudad de Panamá-ANPanamá) Panamá fue aceptada como Miembro Pleno del  MOU de TOKIO, durante la 30ª Reunión del Comité de ERC (PSC) del MOU de TOKIO. «Es un gran honor ser parte de este prestigioso organismo», dijo el director de la Marina Mercante de la Autoridad Marítima de Panamá, Rafael Cigarruista, quien encabeza el Registro de Buques de Panamá.

El MOU de Tokio es una de las organizaciones regionales del  Estado Rector de Puerto (PSC) más activas del mundo. La organización consta de 20 Autoridades Marítimas en las regiones Asia-Pacífico, ahora 21, con la inclusión de Panamá.

El objetivo principal del MOU de Tokio es establecer un régimen efectivo en la región Asia-Pacífico a través de la cooperación de sus miembros y la armonización de sus actividades, para promover la seguridad marítima, eliminar los buques subestándares, proteger el medio marino,  salvaguardar el trabajo a bordo de naves y condiciones de vida a bordo de los buques.

La Dirección General de Marina Mercante de Panamá fue objeto de una evaluación extensa  en cuanto a sus responsabilidades como Estado rector de Bandera y Estado Rector de Puerto. Estas fueron auditadas exhaustivamente, buscando el cumplimiento por parte de un equipo del MOU de Tokio (PSC ASIA-Pacífico). El equipo de Auditoría estuvo conformado por miembros de Singapur, China, Nueva Zelanda y el personal de la secretaría del Tokio MOU, que en su informe resumido, llegaron a la opinión unánime de que la Administración Marítima de Panamá podría ser aceptada como miembro pleno del MOU de Tokio y que, a su vez, esta contaba con los estándares requeridos para ser aceptada como Miembro Pleno.

El Estado Rector de Puerto (PSC) entra en escena cuando los armadores, las organizaciones reconocidas y las Administraciones del Estado de Bandera no cumplen con los requisitos de los convenios marítimos internacionales. Aunque se entiende bien que la responsabilidad final de la implementación de los convenios recae en los Estados de Bandera, los Estados Rectores de Puerto tienen derecho a controlar los buques extranjeros que visiten sus propios puertos para garantizar que cualquier deficiencia encontrada se corrija antes de que se les permita navegar.

El Estado Rector de Puerto se considera como medidas complementarias del Estado Rector de Bandera y, en consecuencia, son requerimientos y responsabilidades establecidas por la OMI.

La Administración de Bandera de Panamá es miembro pleno del Acuerdo de Viña del Mar, y, ahora, con la aceptación como miembro pleno del MOU de Tokio, pasará a formar parte de un pequeño grupo de banderas que participan activamente en más de un régimen del ERP, lo que evidencia el compromiso de Panamá de cumplir con el objetivo del programa del ERP, ayudando a eliminar las amenazas de la seguridad de los buques miembros de la tripulación del medio marino. Este logro representa una ventaja para los propietarios de buques y las empresas cuando están en el proceso de seleccionar la mejor opción en términos de registro de buques.

«Debemos mejorar de muchas maneras entrar en la era electrónica, implementar procesos más rápidos y eficientes, transparencia, y nuevas técnicas», dijo Cigarruista. «Este es nuestro programa para seguir siendo el primer registro del mundo y continuar brindando a nuestros armadores y usuarios el mejor servicio que merecen», agregó.